Estas facturas electrónicas se enviarán a través de FACe (Punto General de Entrada de Facturas de la Administración del Estado), desde donde podrá consultar electrónicamente el estado de tramitación de su factura, una vez remitida.
¿Cómo se envían las facturas?
Una vez dados de alta proveedor, emisor y departamento receptor, el emisor podrá facturar electrónicamente sus facturas.
Resumen de los pasos a seguir, así de fácil:
- Facturar en Bmges .
- En <Consulta de Facturas> Generar factura en formato XML (Clic en Facturae).
- Desde facturae <Importar y firmar factura>
- Acceso a Face (Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado) URL http://face.gob.es
En virtud de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de facturas en el Sector Público, desde el día 15 de enero de 2015 todas las facturas electrónica remitidas a las administraciones públicas tienen que ser electrónicas.